GIANFRANCESCO SILVESTRO S/ AUSENCIA CON PRESUNCION FALLECIMIENTO
Diego Oscar Díaz solicitó la declaración de ausencia con presunción de fallecimiento de su bisabuelo Silvestro Gianfrancesco. El Tribunal declaró la ausencia y fijó la fecha presuntiva de fallecimiento el 29 de septiembre de 1971, basándose en la condición de viudez de su cónyuge.
Actor: Diego Oscar Díaz Demandado: Silvestro Gianfrancesco Objeto: Declaración de ausencia con presunción de fallecimiento Decisión: Se declara la ausencia con presunción de fallecimiento de Silvestro Gianfrancesco, fijando la fecha presuntiva como el 29 de septiembre de 1971.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, a los fines de determinar la fecha de fallecimiento presunto del Sr. Silvestro Gianfrancesco, corresponde encuadrar la cuestión en lo dispuesto por el art. 90 inc. a) del Código Civil y Comercial de la Nación, norma que establece que en los supuestos de ausencia simple la muerte presunta debe fijarse al último día del primer año contado desde la fecha de las últimas noticias del ausente."
"No obstante ello, conforme fuere consignado supra, de la partida de defunción de su cónyuge
- Adalguisa Rossa Rampezzotti
- surge que al momento del fallecimiento de la misma
- 30 de septiembre de 1971 con domicilio en la localidad de Lanús
- esta era de estado civil 'viuda', circunstancia que permite tener por acreditado que el causante habría fallecido con anterioridad a dicha fecha."
"Por todo ello, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal y el Sr. Defensor de Pobres y Ausente, lo dispuesto por el art. 90 inc. a) del CCCN, art. 737 del CPCC y arts. 22, 26, 27 de la ley 14.394, se declara en cuanto ha lugar por derecho la ausencia con presunción de fallecimiento de SILVESTRO GIANFRANCESCO."
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