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DENUNCIADO: FLO CA S.R.L. Y OTROS s/INFRACCION LEY 27.430 DENUNCIANTE: ARCA - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

FLO CA S.R.L. y otros fueron denunciados por evasión del impuesto al Valor Agregado. El Juzgado Penal Económico N° 6 resolvió sobreseer a los imputados al considerar que los montos no superan el umbral de punibilidad establecido por la ley 27.799.

Recurso directo Evasion tributaria Ley 27.430 Ley 27.799 Impuesto al valor agregado Sobreseimiento Principio de retroactividad Atipicidad Derecho penal tributario Dgi


¿Quién es el actor?

ARCA
- Dirección General Impositiva

¿A quién se demanda?

FLO CA S.R.L. y otros
- Objeto de la demanda: Evasión del impuesto al Valor Agregado
- Decisión del tribunal: Sobreseimiento total de los imputados

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los montos por los períodos denunciados en autos que conforman el objeto procesal de las presentes actuaciones no superan la condición objetiva de punibilidad establecida por el Art. 1 de Ley 27.799, por lo cual debe aplicarse retroactivamente tal disposición por su mayor benignidad." "El principio de aplicación retroactiva de la ley penal más benigna, regulado por el art. 2 del Código Penal, establece que se aplicará siempre la más benigna en caso de que la ley vigente al tiempo de cometerse el delito fuere distinta de la que exista al pronunciarse el fallo." "Los montos establecidos por la ley 27.430 fueron modificados por la ley 27.799, elevando el umbral de punibilidad, lo que resulta en la atipicidad de los hechos denunciados."

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