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C. C., O. E. c/ OSCOMM Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La Sra. F.L.T. promovió acción de amparo contra OSCOMM y OSDIPP para mantener su afiliación a un plan de salud. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora y su cónyuge.

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¿Quién es el actor?

Sra. F.L.T.
- Demandados: OSCOMM y OSDIPP
- Objeto de la demanda: Mantener los beneficios médicos asistenciales y la afiliación a OSDIPP.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física de la amparista, aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La actitud adoptada originariamente por la accionada, encuadra en la calificación de 'ilegalidad o arbitrariedad manifiesta' que requiere el art. 43 de la Constitución Nacional."

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