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R., S. R.c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo contra OSDE y OSCOMM para mantener su afiliación en el Plan 2 310 tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, reconociendo el derecho a la salud de la actora y la continuidad de su afiliación.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Osde Oscomm Derechos adquiridos Constitucion nacional Seguridad social Procedimiento administrativo


¿Quién es el actor?

S.R.,R.
- Demandados: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) y Obra Social de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante (OSCOMM).
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación obligatoria en el Plan 2 310 de OSDE tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física de la accionante, aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia de la beneficiaria al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para la ex trabajadora el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo."

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