LABORDE MARTÍN GUSTAVO S/ QUIEBRA (PEQUEÑA)
Se resuelve sobre la admisión de créditos en el marco de un proceso de quiebra. El Tribunal declara admitidos los créditos presentados, ajustándose a los lineamientos de la Ley 24.522.
Actor: No se menciona un demandante específico. Demandado: Laborde Martín Gustavo. Objeto: Admisión de créditos en el proceso de quiebra. Decisión: Se declaran admitidos los créditos presentados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que todos los créditos que se han insinuado en esta etapa tempestiva no han recibido observaciones e impugnaciones por parte del concursado, como tampoco de los acreedores insinuantes." "Que la interpretación dada al cumplimento de los requisitos del art. 32 de la LCQ y el análisis de las liquidaciones practicadas, resultan ajustadas a derecho." "POR ELLO, y arts. 32, 34, 35, 36, 132, 241, 242 y 246 y c. c. de la ley nro. 24.522, es que; RESUELVO: 1) declarar admitidos los créditos presentados..."
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