INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS DEL JOVEN Nº3 -SAN ISIDRO- Y EL JUZGADO DE GARANTIAS DEL JOVEN Nº2 -LOMAS DE ZAMORA-
Se plantea un incidente de competencia entre dos Juzgados de Garantías del Joven. La Cámara declara competente al Juzgado de Garantías del Joven Nro. 2 de Lomas de Zamora, por conexidad subjetiva y la gravedad del delito.
Actor: No se especifica un actor. Demandado: Juzgado de Garantías del Joven Nro. 3 de San Isidro; Juzgado de Garantías del Joven Nro. 2 de Lomas de Zamora. Objeto: Incidente de competencia entre dos Juzgados. Decisión: Se declara la competencia del Juzgado de Garantías del Joven Nro. 2 de Lomas de Zamora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el Juzgado de Garantías del Joven Nro. 3 de San Isidro declinó su competencia... en virtud de lo normado en los artículos 32 inciso 1°, 32 inciso 3° y 33 inciso 1° correspondía declinar la competencia." "En virtud de lo expuesto... resulta competente para intervenir el Juzgado de Garantías del Joven Nro. 2 de ese Departamento Judicial." "En consecuencia... el Tribunal RESUELVE: DECLARAR la competencia del Juzgado de Garantías del Joven Nro. 2 de Lomas de Zamora."
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