F. R. D. C/ U. B. J. Y OTRO S/ DERECHO DE COMUNICACION
El actor promovió demanda por régimen de comunicación y cuidado de sus hijos menores. La Cámara revocó la sentencia en cuanto al régimen de comunicación, priorizando el interés superior de los niños y la falta de evaluación actual sobre su estado emocional.
Actor: R D F Demandado: B J Ú; S O C Objeto: Régimen de comunicación y cuidado de los hijos menores. Decisión: Se revocó la sentencia en cuanto al régimen de comunicación y se confirmaron otros aspectos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho de comunicación resulta un derecho-deber que titularizan ambos progenitores, pero también los niños, dado que hace a su formación integral. [...] la fijación de un régimen de comunicación -aun bajo modalidades graduales como las dispuestas por la a quo
- en ausencia de una evaluación profesional actualizada que permita conocer el estado emocional de los niños y las condiciones psíquicas del progenitor, y de constancias que den cuenta del levantamiento de la prohibición de acercamiento dispuesta en los autos antes mencionados, importa una decisión prematura que no se compadece con la prudencia que exige el superior interés de los niños."
"En cuestiones de familia no patrimoniales la intervención del juez es una carga común, por resultar necesaria para componer las diferencias entre las partes o, en otros casos, para resguardar los intereses de los menores involucrados."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: