CREDIL SRL C/ ACUÑA RODRIGO MARTIN S/ COBRO EJECUTIVO
Credil SRL apeló la decisión del Juzgado de Primera Instancia que ordenó la ejecución de un pagaré por $56.500,00. La Cámara modificó la sentencia, reconociendo intereses compensatorios desde la fecha del pagaré hasta su pago efectivo.
Actor: Credil SRL Demandado: Acuña Rodrigo Martín Objeto: Cobro de un pagaré por $56.500,00 más intereses. Decisión: Se modificó la sentencia de primera instancia para incluir intereses compensatorios desde la fecha del pagaré.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los intereses compensatorios son los que se pagan por el uso del capital ajeno y resultan independientes de la culpa o dolo del deudor, siendo su pacto autorizado por el artículo 767 del Código Civil y Comercial." "Cabe recordar que los intereses compensatorios son válidos los que se hubieren convenido entre el deudor o acreedor, como también la tasa fijada para su liquidación." "Se dispone que al capital adeudado de $56.500,00 se le adicionarán los intereses compensatorios devengados desde la fecha de confección del pagaré, el día 13/02/2023 a las tasas pactadas en el mismo."
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