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CAJA DE PREV SOC PARA ABOGADOS PCIA BS AS C/ Z. P. C. S/APREMIO

El actor apeló la resolución que mandaba a proseguir la ejecución de una deuda previsional. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo que no hubo variación en la doctrina aplicable a la tasa de interés.

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Actor: CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Demandado: Z. P. C. Objeto: Ejecución de una deuda previsional. Decisión: Se confirmó la resolución apelada en todo cuanto ha sido materia de agravio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El ejecutado no se opuso a la pretensión y se mandó a llevar adelante la ejecución, en los términos que surgen de la sentencia recurrida." "La doctrina que, más allá de los argumentos que se traen, no ha variado hoy en día." "El mismo debería confirmarse, imponiendo las costas en el orden causado, atento lo dudoso de la cuestión (art. 68 2° p. CPCC)."

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