MARCOS ANTONIO EDUARDO C/ ZWICKER JUAN CARLOS Y OTRO/A S/ ESCRITURACION
El demandante promovió una acción de escrituración contra los demandados por la obligación de formalizar un boleto de compraventa. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Necochea confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo la validez del contrato y el reconocimiento del mismo por parte de los demandados.
¿Quién es el actor?
Marcos Antonio Eduardo
- Demandados: Juan Carlos Zwicker; Silvia Beatriz Zwicker
- Objeto de la demanda: Escrituración de un boleto de compraventa de un inmueble.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena a los demandados a escriturar el inmueble.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La escritura pública antes referida y a tenor de sus términos surge la existencia de un acuerdo negocial preexistente al poder que otorgaron para concluir la operación de venta, evidenciándose una conexión entre el objeto del apoderamiento y el del negocio base." "La claridad del contenido de la escritura y el inequívoco sentido de lo allí manifestado por los demandados y su padre ante el escribano, despeja toda duda, sobre la existencia del negocio, el pago del precio, y la asumida obligación de escriturar que se encontraba pendiente." "La suscripción de la escritura, constituye la ratificación del contrato celebrado a tenor del contenido del citado instrumento público."
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