NEILA LORENA PAOLA Y OTRO/A C/ SANDOVAL LUJAN Y OTRO/A S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
Las demandantes promovieron una acción de desalojo contra los ocupantes del inmueble en Junín. La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, considerando acreditada la posesión de los demandados.
Actor: Neila Lorena Paola; Emilia Noemí Maldonado Demandado: Luján Sandoval; Alejandro Arce; cualquier otro ocupante del inmueble Objeto: Desalojo del inmueble sito en calle Alvear N° 370, Junín Decisión: Se desestimó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de desalojo no es la vía idónea para obtener la restitución del bien cuando el accionado ha comprobado prima facie la efectividad de la posesión, pues la pertinente investigación sobre el tópico desnaturalizaría el trámite, en el que está excluido todo debate referente al derecho de propiedad, al ius possidendis o el ius possesionis." "En el caso de autos no existen razones que justifiquen apartarse del criterio objetivo de la derrota imperante en la materia." "El relato efectuado por las propias accionantes permite tener por acreditado cuanto menos prima facie, la interversión del título de los ocupantes y la consiguiente condición de poseedores del inmueble objeto de litis."
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