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POTENTE GUILLERMINA ISABEL (EN REPRESENTACIÓN DE SU HIJO MENOR BENJAMIN CRESCIMBENI) C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICA ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AI S/ AMPARO

Se interpone acción de amparo para obtener la provisión de insumos médicos para un menor diabético. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Tres Arroyos ordenó al IOMA la entrega de la bomba de insulina y sensores solicitados, considerando la urgencia y necesidad del tratamiento.

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Actor: Guillermina Isabel Potente Demandado: Instituto de Obra Médica Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA) Objeto: Provisión de una bomba de insulina y sensores para el tratamiento de diabetes tipo 1. Decisión: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando la provisión de los insumos solicitados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La acción de Amparo resulta la vía idónea para la efectiva protección del derecho constitucional a la vida y en particular para el acceso a la salud de las personas (arts. 42 y 43 de la Const. Nacional; 20 inc. 2 y 36 inc. 8 de la Const. De la Provincia de Buenos Aires)." "El derecho a la vida ha sido reconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación como el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional." "La naturaleza de la patología diagnosticada al menor, su pronóstico de progresión y la urgente necesidad de los insumos indicados por su médica especialista a cargo, me permiten concluir verosímilmente que el cumplimiento de la prestación no resulta voluntaria ni responde a la propia alternativa discrecional de IOMA."

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