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FIGUEROA JOAQUIN LUIS S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Se tramita un incidente en el marco de un proceso de quiebra de Joaquín Luis Figueroa. El Tribunal establece plazos y condiciones para la verificación de créditos y la presentación de informes por parte del síndico.

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Actor: No se menciona un demandante específico. Demandado: Joaquín Luis Figueroa. Objeto: Verificación de créditos y cumplimiento de formalidades en el proceso de quiebra. Decisión: Se establecen plazos y condiciones para la verificación de créditos y la presentación de informes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Hágase saber que dentro del plazo de 3 días deberá denunciar días y horarios de atención a los efectos de los artículos 32, 34, 200 y ccdtes de la ley 24522 y teléfono celular de contacto." "Conforme el art. 32 L.C.Q. fíjese hasta el 8 de abril de 2026 la fecha para que los acreedores por causa o título anterior a la solicitud de quiebra y sus garantes, presenten al Síndico sus peticiones de verificación y los títulos pertinentes." "Desígnase el 28 de mayo de 2026 como fecha límite para la presentación del Informe Individual a que alude el art. 35 L.C.Q.; contemplándose hasta el 8 de julio de 2026 para presentar el Informe General previsto por el art. 39 de la citada ley."

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