POLETTI, AGUSTINA SOLEDAD c/ OBRA SOCIAL OSDOP SNATA FE s/AMPARO LEY 16.986
Agustina Soledad Poletti interpuso acción de amparo contra la Obra Social OSDOP para obtener la cobertura de la medicación CONVUPIDOL. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que ordenó la cobertura, argumentando que la decisión del médico tratante debe prevalecer.
¿Quién es el actor?
Agustina Soledad Poletti
¿A quién se demanda?
Obra Social OSDOP Santa Fe
- Objeto de la demanda: Cobertura de la medicación CONVUPIDOL (Cannabidiol) para su hija con epilepsia refractaria.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia que ordena a OSDOP la cobertura del 100% de la medicación solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La recurrente señaló que la acción de amparo no puede prosperar dado que la Obra Social no actuó de forma arbitraria ni ilegal." "Privilegio la opinión del médico de cabecera o tratante, quien examinó cuidadosamente a su paciente, frente a la opinión... de la obra social." "El derecho a la salud posee expresa jerarquía constitucional en virtud del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional."
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