D, S. C. N. C/ LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a abonar una indemnización por los daños sufridos por el actor.
Actor: C. N. D. S. Demandado: M. A. R. Objeto: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó al demandado a pagar $3.458.798.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Cabe señalar en primer término, que en la responsabilidad derivada de los accidentes de tránsito rige la responsabilidad objetiva que consagra el art. 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación por tratarse de daños producidos por el riesgo de la cosa." "La parte demandada y la citada en garantía no han negado el hecho y tampoco han desvirtuado la versión de la contraria." "No cabe duda alguna que la prioridad de paso con la que contaba el demandado cedió frente a la del actor que circulaba por una vía de mayor jerarquía." "Por lo tanto corresponderá hacer lugar a la demanda (art. 1729, 1757, 1769 y cc. del CCyC)."
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