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DENUNCIADO: A., P. s/INFRACCION LEY 27.430 DENUNCIANTE: ARCA - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

El Ministerio Público Fiscal denunció a P. A. por evasión del Impuesto a los Bienes Personales correspondiente al ejercicio 2019. El Juzgado Penal Económico N° 5 dictó el sobreseimiento total, aplicando retroactivamente la ley N° 27.799, considerando que el hecho es atípico.

Proceso penal Evasion fiscal Ley 27.799 Sobreseimiento Impuesto a los bienes personales Retroactividad Principio de legalidad Derecho penal tributario Atipicidad Ministerio publico fiscal


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

P. A.
- Objeto de la demanda: Evasión del Impuesto a los Bienes Personales por $9.865.444,40 correspondiente al ejercicio 2019.
- Decisión del tribunal: Se sobresee totalmente a P. A. por considerar que el hecho es atípico bajo la nueva ley.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe también tener presente la obligación de todo Tribunal de conformar sus decisiones a las adoptadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en tanto no se brinden nuevos fundamentos que autoricen, excepcionalmente, a apartarse de aquella doctrina." "Si bien la ley N° 27.799 no se encontraba vigente al momento de comisión del suceso descripto, resulta más benigna conforme doctrina emanada del Máximo Tribunal." "En consecuencia, corresponde aplicar en forma retroactiva la ley N° 27.799... resulta procedente dictar el sobreseimiento total en orden al suceso señalado."

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