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NN: N.N. s/COACCION (ART. 149 BIS) DENUNCIANTE: MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION.

Se resolvió un incidente de competencia territorial en la causa por coacción relacionada con el Plan Potenciar Trabajo. El Juzgado Federal de Mar del Plata aceptó parcialmente su competencia para investigar ciertos hechos, rechazando otros por falta de jurisdicción.

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Actor: No se menciona un actor específico, se trata de un incidente de competencia. Demandado: No hay un demandado específico, se trata de un incidente procesal. Objeto: Determinación de la competencia territorial para investigar denuncias de coacción. Decisión: Se aceptó parcialmente la competencia del Juzgado para investigar ciertos hechos y se rechazó para otros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta judicatura no comparte el criterio del Ministerio Público Fiscal. Razón por la cual, estimó procedente aceptar la competencia de esta magistratura en razón del territorio atribuida a estos estrados en lo relativo a los hechos identificados como números 1, 3-12 y 15-16." "La conducta del delito de coacción consiste en hacer uso de amenazas, para obligar a otra persona a hacer -ir a la marcha-, no hacer o tolerar algo en contra de su voluntad." "Cabe recordar, lo manifestado por el Sr Procurador General de la Nación Interino... la contienda debería resolverse atendiendo a razones de economía procesal."

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