------S/APELA DENEGATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS Y CAMBIO DE RÉGIMEN
El interno F H A apeló la denegatoria de salidas transitorias y cambio de régimen a un régimen abierto. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la decisión del Juzgado de Ejecución Penal, argumentando la falta de requisitos necesarios para acceder a dichos beneficios.
Actor: Defensa Oficial Dra. Fernanda Uboldi Demandado: F H A Objeto: Salidas transitorias y cambio de régimen a un régimen abierto Decisión: Se confirma la denegatoria de los beneficios solicitados
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No corresponde la concesión del beneficio de salidas transitorias, como tampoco la autorización de ingreso del encartado al régimen abierto por la ausencia de cumplimiento de uno de los requisitos requeridos por la norma de ejecución penitenciaria... la respuesta jurisdiccional de la instancia de origen guarda directa relación con los datos obtenidos del legajo de ejecución penal del interno F H A que da cuenta de los elementos de tenor precautorio y las características vulnerables de su personalidad... las aseveraciones de los expertos penitenciarios tienen preeminencia y neutralizan las circunstancias positivas destacadas por la defensa..." "En otros términos, deviene ajustada a derecho la decisión del juez a quo por la ausencia del dictamen favorable del organismo técnico criminológico y del consejo correccional, en relación a la evolución del imputado y del efecto beneficioso que las salidas pueden tener para su futuro personal, social y familiar..." "A mayor abundamiento, en fecha reciente, el T.C.P. ha establecido que... su evaluación es necesaria dado que una libertad no puede disociarse de una prognosis relativa a la conducta que observará el penado cuando reingrese a la interacción con la sociedad en el medio libre."
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