A. C. J. C/ A. C. W.ALTER Y OTRO/A S/ ALIMENTOS
El actor apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria del 15% de los haberes de su progenitor. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó la sentencia, elevando la cuota alimentaria al 20% de los haberes netos del demandado.
Actor: C. J. A. Demandado: C. W. A.; D. S. G. Objeto: Aumento de la cuota alimentaria. Decisión: Se modifica la cuota alimentaria, elevándola al 20% de los haberes netos del progenitor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria se extiende hasta los 21 años, excepto que el alimentante acredite que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo."
"La situación que atraviesa la joven por su falta de recursos, la ausencia de los padres en su vida; sus necesidades básicas que no pueden ser cubiertas con la exigua cuota alimentaria fijada en el 15% de los haberes del Sr. A."
"En función de los montos indicados, entiendo que corresponde modificar el porcentaje -del 15%
- establecido en la sentencia apelada, elevándolo al 20% de los haberes netos del progenitor."
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