..........S/LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD
El demandante promovió una acción de liquidación de una sociedad de hecho en el contexto de una unión convivencial. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reconociendo al actor un 23,17% del inmueble en cuestión.
Actor: Gonzalo H. Ganino Demandado: Solange Jazmín Capuya Objeto: Liquidación de una sociedad de hecho respecto a un inmueble. Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso, modificando el porcentaje de participación del actor en el inmueble a un 23,17%.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción que porta el presente tuvo por objeto la liquidación de una alegada sociedad de hecho entre las partes en el marco de una unión convivencial... En consecuencia, cuando se produce el cese, si los convivientes nada pactaron sobre la distribución de los bienes adquiridos por cada uno de ellos, se mantienen en el patrimonio al que ingresaron." "Conforme la normativa aplicable rige la autonomía de las relaciones patrimoniales, determinándose de este modo la clara diferencia con la regulación de los bienes en el régimen patrimonial generalmente aplicable en el matrimonio que es el régimen de comunidad." "Considero que el porcentaje que se debe reconocer del inmueble a favor del accionante no podrá exceder del 50% de la suma abonada al momento de la escritura traslativa de dominio, descontando el importe correspondiente al préstamo hipotecario y al préstamo personal adquirido a favor de los vendedores."
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