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ALTAVISTA SA c/ COMPAÑIA INTRODUCTORA DE BUENOS AIRES SA s/NULIDAD DE MARCA. DAÑOS Y PERJUICIOS

Altavista S.A. apeló el rechazo de su demanda de nulidad de marca contra Compañía Introductora de Buenos Aires S.A. La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que no hay confusión entre las marcas 'ALTA VISTA' y 'ALTAVIA'.

Recurso de apelacion Nulidad de marca Confundibilidad Marcas debiles Danos y perjuicios Proteccion del consumidor Uso comun Clases 29 y 30 Coexistencia de marcas Derecho marcario


¿Quién es el actor?

Altavista S.A.

¿A quién se demanda?

Compañía Introductora de Buenos Aires S.A.
- Objeto de la demanda: Nulidad de las solicitudes de marca “ALTAVIA” y daños y perjuicios.
- Decisión del tribunal: Se confirma el rechazo de la demanda de nulidad de marca.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En definitiva, quien obtiene un registro de esta especie conoce de antemano que está expuesto a tener que soportar eventuales injerencias de otras marcas que incluyan los mismos elementos que componen la suya." "El resultado de la comparación conduce a la posibilidad de coexistencia entre los signos en disputa sin riesgo alguno de confusión para el público consumidor." "La semejanza que podrían poseer los conjuntos al incluir el prefijo 'ALTA' no cambia lo afirmado anteriormente, ya que lo decisivo en la especie es que la solicitada incluye el aditamento necesario mediante el cual los consumidores identificarán y solicitarán los productos."

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