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D.M.,L. C/F.,C.L.M. S/INCIDENTE DE COMUNICACION CON LOS HIJOS

El actor promovió un incidente de comunicación con los hijos, solicitando modificar el régimen de visitas. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que el interés superior del niño debe prevalecer sobre las alegaciones del demandado.

Incidente Regimen de comunicacion Interes superior del nino Derecho-deber Modificacion de visitas Prueba insuficiente Custodia compartida Derecho familiar Apelacion Progenitores

Actor: D.M., L. Demandado: F., C.L.M. Objeto: Modificación del régimen de comunicación con los hijos. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que modificó parcialmente el régimen de comunicación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho de comunicación en el marco de las relaciones materno-paterno-filiares se traduce en un derecho humano fundamental de doble titularidad... el interés superior del niño, el cual no puede quedar ni postergado ni desvanecido por cuestiones ajenas al menor." "Los hechos invocados en sus piezas postulatorias no se tratan ni de público ni de notorios... no se hallaba exenta de prueba la argüida calidad de Concejal municipal." "Los agravios expresados en la pieza fundante del recurso de apelación se exhiben manifiestamente insuficientes para conmover lo decidido."

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