PARAMO CATUS S.A. C/ LEGUIZAMON KARINA ANABELA S/ COBRO EJECUTIVO
Paramo Catus S.A. apeló la sentencia de trance y remate que levantó un embargo y desestimó el IVA sobre intereses. La Cámara modificó parcialmente la sentencia, incorporando el IVA a los intereses, y confirmó el resto de la decisión.
Actor: Paramo Catus S.A. Demandado: Karina Anabela Leguizamon Objeto: Cobro ejecutivo de $190.000 más intereses. Decisión: Se modifica parcialmente la sentencia, incorporando el IVA sobre los intereses y se confirma en lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia de trance y remate apelada de fecha 28/10/2025, se manda llevar adelante la ejecución, hasta tanto la demandada Karina Anabela Leguizamon haga a su acreedor Paramo Catus S.A íntegro pago del capital reclamado de $190.000, con más los intereses compensatorios pactados en el contrato desde la fecha de emisión, y los punitorios convenidos a partir de la mora del deudor hasta el efectivo pago." "El gravamen al valor agregado ha sido concebido por el legislador como un impuesto indirecto al consumo, esencialmente trasladable... corresponde que esté a cargo de la ejecutada el pago del mencionado impuesto sobre los intereses de la deuda que oportunamente se liquide." "Se presume la relación de consumo y la aplicación del estatuto del consumidor... el juez puede encuadrar el asunto como una relación de consumo a fin de subsumirlo en el art. 36 de LDC."
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