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MARTINEZ ANGELICA MAGDALENA C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

La actora demandó a la aseguradora por prestaciones derivadas de una enfermedad profesional. El Tribunal rechazó la excepción de incompetencia parcial, afirmando que no hay límites para el procesamiento judicial de secuelas no tratadas administrativamente.

Incidente Enfermedad profesional Competencia Secuelas psicologicas Revision judicial Ley 27.348 Tribunal del trabajo A.r.t. Incompetencia parcial Prestaciones laborales

Actor: Martínez Angélica Magdalena Demandado: Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Prestaciones por secuelas psicológicas derivadas de una enfermedad profesional. Decisión: Se rechazó la excepción de incompetencia parcial interpuesta por la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 2° inc. j de la ley 15.057, expresamente establece la competencia de los tribunales laborales locales para entender en la revisión de lo actuado en el procedimiento previo ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales." "No existe límite estricto para el procesamiento judicial en instancia de revisión de cualquier secuela lesiva que se denuncie y que pueda vincularse causalmente con contingencias procesadas ante la A.R.T." "La CSJN sostiene que existe una revisión judicial suficiente cuando el órgano judicial examina todos los alegatos y argumentos sometidos a su conocimiento sobre la decisión del órgano administrativo."

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