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AGUILAR EDGARDO GASPAR C/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió un incidente por caducidad de instancia en un juicio por enfermedad profesional. El Tribunal del Trabajo N°3 decretó la caducidad de instancia y reguló honorarios a los profesionales intervinientes.

Incidente Caducidad de instancia Enfermedad profesional Juicio laboral Honorarios Costas Ley 15.057 Tribunal del trabajo Peritos Regulacion de honorarios

Actor: AGUILAR EDGARDO GASPAR Demandado: PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Objeto: Caducidad de instancia en un juicio por enfermedad profesional. Decisión: Se decretó la caducidad de instancia y se impusieron las costas a la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien es cierto que en los juicios laborales, dadas sus características especiales, la caducidad de instancia debe ser aplicada con criterio restrictivo... la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fín de activar el procedimiento..." "Consecuentemente voto por declarar la caducidad de instancia en autos." "Las costas de la incidencia deberán ser soportadas por la parte actora (art. 24 ley 15.057)."

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