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( 33296 DJ ) CARRANZA CINTIA GISELA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Carranza Cintia Gisela demandó a la Provincia de Buenos Aires por la regulación de honorarios extrajudiciales. El Tribunal de Trabajo N° 1 de La Matanza hizo lugar a la demanda, regulando los honorarios en 19 jus por la labor realizada en sede administrativa.

Incidente Honorarios Regulacion Provincia de buenos aires Derecho laboral Ley 14.967 Sede administrativa Comision medica Emolumentos Justicia laboral

Actor: CARRANZA CINTIA GISELA Demandado: PROVINCIA DE BUENOS AIRES Objeto: Regulación de honorarios extrajudiciales Decisión: Se hace lugar a la demanda y se regulan los honorarios en 19 jus.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La actuación profesional de la parte actora en el trámite administrativo ha sido oficiosa y ha obtenido total y favorable acogida por parte de la administración." "La única norma que debe aplicarse a los efectos de regular los emolumentos es la ley arancelaria local Nº 14.967." "Considero que corresponde hacer lugar a la demanda, tomando en cuenta la cantidad y calidad de las tareas desarrolladas, el carácter alimentario de los honorarios y el resultado obtenido."

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