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GAGO ASTIZ FELIPE HELIOS C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (IP S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - PREVISION

El actor solicitó una medida cautelar autónoma para que el IPS cumpla con una resolución administrativa sobre su pensión. El Tribunal hizo lugar a la medida, ordenando al IPS que en cinco días ejecute la resolución y abone los haberes reconocidos.

Medida cautelar Prevision social Pension Derecho alimentario Urgencia Vulnerabilidad Cumplimiento administrativo Resolucion administrativa Accion autonoma Interes publico

Actor: Gago Astiz Felipe Helios Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) Objeto: Cumplimiento de la resolución N° RESO-2025-24017-GDEBA-IPS sobre la pensión del actor. Decisión: Se hace lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando al IPS que cumpla con la resolución en cinco días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se colige que el obrar de la Administración se presenta desprovisto de justificación y violatorio del derecho que le fuera reconocido a la parte actora por un acto administrativo cuya legitimidad y ejecutoriedad no ha sido cuestionada." "El perjuicio que eventualmente se produzca al otorgarse la tutela solicitada, sea notoriamente menor que aquél que se produciría de denegársela." "Corresponde hacer lugar a la medida cautelar solicitada y ordenar al IPS que en el plazo de cinco (5) días dé cumplimiento con la resolución RESO-2025-24017-GDEBA-IPS."

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