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NEYRET GABRIEL EDGARDO MARTIN C/ ORTEGA DANIEL EDUARDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor promovió un incidente por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal aprobó un acuerdo transaccional y reguló los honorarios de los abogados y del mediador interviniente.

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Actor: Neyret Gabriel Edgardo Martín Demandado: Ortega Daniel Eduardo; Otro/a Objeto: Daños y perjuicios por accidente automovilístico Decisión: Se aprueba el acuerdo transaccional y se regulan los honorarios de los letrados y del mediador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Código Civil y Comercial de la Nación establece en su art. 1642 que 'la transacción produce los efectos de la cosa juzgada sin necesidad de homologación judicial'; es decir que su mera presentación en el expediente resulta suficiente para la operatividad del efecto preclusivo." "Consecuentemente, téngase presente el acuerdo arribado en la presentación a despacho en los términos del art. 1642 del CCCN, en virtud del cual corresponde dar por concluidas las actuaciones." "Conjugando las variables en juego (monto del asunto, entidad de las labores desarrolladas, tiempo insumido), razonable retribuir al mediador con un 60% de lo que le correspondería según la escala reglamentaria."

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