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GONZALEZ JORGE ANTONIO C/ VILLALBA LOPEZ MIRTA LILIANA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El tribunal admitió la corrección de un error material en la sentencia anterior. Se rectificó la fecha de constitución en mora y se ajustaron los intereses correspondientes.

Recurso de apelacion Correccion de error material Intereses Fecha de constitucion en mora Juzgado de primera instancia Provincia de buenos aires Codigo procesal civil y comercial Sentencia Tribunal de alzada Procedimiento judicial

Actor: No se menciona. Demandado: No se menciona. Objeto: Corrección de error material en la sentencia. Decisión: Se hace lugar a la corrección del error numérico en la sentencia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se incurrió en un error numérico en el considerando IV de la sentencia respecto a la fecha de constitución en mora... se deberá leer y entender: 'al capital de condena deberán adicionarse un interés del 6% anual devengados desde la fecha de constitución en mora (19 de febrero de 2022)'". "Concédese libremente el recurso de apelación interpuesto... elévense los autos al Tribunal de Alzada Departamental".

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