Logo

H., G. A. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió una acción de amparo contra la Obra Social de Comisarios Navales y OSDE para mantener su afiliación. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que el amparo es procedente para garantizar derechos fundamentales.

Amparo Obra social Jubilacion Salud Derechos humanos Acceso a la justicia Cobertura medica Procedimiento judicial Constitucion nacional Recursos administrativos


¿Quién es el actor?

G. A. H.
- Demandados: Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social y la cobertura médica.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La falta de reclamo administrativo previo no obsta a la procedencia formal de la acción, pues debe garantizarse mínimamente el acceso a la jurisdicción de los ciudadanos frente a actos arbitrarios o inconstitucionales." "El amparo se constituye como el procedimiento judicial más simple y breve para tutelar los derechos consagrados en la Constitución Nacional." "Las leyes 23.660 y 23.661 confirman que los jubilados pueden permanecer como beneficiarios de otras obras sociales, sin que ello implique una automática afiliación al PAMI."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar