Recurso Queja Nº 40 - s/HOMICIDIO AGRAVADO FUERZAS SEGURIDAD ART.80 INC.9 QUERELLANTE: CONF TRAB DE LA EDUC DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CTERA)
La querella en representación de CTERA presentó una queja por retardo de justicia ante la Cámara Federal de Casación Penal. La Cámara resolvió que la omisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán había sido subsanada, pero exhortó a mejorar la celeridad en futuros planteos.
¿Quién es el actor?
CTERA (Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina) y Gladys Cristina Arancibia
¿A quién se demanda?
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán
- Objeto de la demanda: Queja por retardo de justicia por la falta de resolución sobre la fijación de fecha de juicio y aseguramiento de prueba.
- Decisión del tribunal: Se considera abstracta la queja por retardo de justicia, ya que se dictó la resolución que originó la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, en atención a que se dictó la resolución cuya omisión originó la presentación por parte de la querella de la queja por retardo de justicia, deviene abstracto pronunciarse en relación a ella." "Se exhorta que en el futuro se arbitren los medios necesarios para resolver este tipo de planteos con mayor celeridad."
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