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A, H. D. c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO - OSPACA - Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió una acción de amparo contra la Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino para mantener su afiliación y cobertura médica tras su jubilación. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que el amparista tiene derecho a elegir su prestador de salud sin ser obligado a afiliarse al PAMI.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Ospaca Pami Derecho a la salud Cobertura medica Doble afiliacion Recursos de salud


¿Quién es el actor?

H. D. A.

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino (OSPACA)
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación y cobertura médica tras jubilación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena a OSPACA mantener la afiliación y cobertura médica del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las normas citadas le permiten al beneficiario escoger un agente diferente al INSSJyP, sin que se realice una automática desafiliación y una obligatoria afiliación a este último." "La posibilidad prevista en el art. 16 de la ley 19.032 se traduce en una opción entre alternativas posibles y no una doble afiliación." "Surge demostrado un accionar arbitrario o ilegal por parte de las demandadas."

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