SOTTOSANTO, GRACIELA NOEMI c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Sra. Graciela Noemí Sottosanto promovió una acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP, solicitando la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c de la ley 20.628. El Juzgado Federal de Neuquén declaró la inconstitucionalidad de la norma y ordenó el cese de los descuentos sobre su jubilación.
¿Quién es el actor?
Graciela Noemí Sottosanto
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Objeto de la demanda: Declarar la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c de la ley 20.628 y el cese de los descuentos sobre su jubilación.
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad de la norma y se ordena el cese de los descuentos y la restitución de los importes retenidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actora pretende que se declare la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c) de la ley 20.628... La AFIP cuestiona la admisibilidad de la acción y defiende la validez constitucional de las normas impugnadas... En este marco, encuentro presente el interés concreto y definido del contribuyente de lograr una definición judicial sobre la constitucionalidad de la norma para definir la existencia de la obligación tributaria por los períodos sucesivos." "Concluí por ello que la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones no resultará inconstitucional en la medida en que no devenga confiscatorio..." "En suma, se admitirá el reclamo por repetición por la suma reclamada, a la que se adicionarán los intereses a la tasa señalada desde el 17/12/2024..."
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