GOMEZ ESCOBAR EDUARDO C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
El actor demandó a la aseguradora por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de un contrato de seguro. El Tribunal hizo lugar a la demanda, considerando que la aseguradora aceptó tácitamente el siniestro por el transcurso del plazo legal sin respuesta.
Actor: Eduardo Gomez Escobar Demandado: La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales Objeto: Daños y perjuicios por incumplimiento contractual de un contrato de seguro. Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando a la aseguradora a indemnizar al actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aseguradora ha logrado comprobar que notificó correctamente al actor la ampliación de plazos en virtud de la información complementaria que requirió, pero no así el rechazo del siniestro." "Transcurrió el plazo que establece el art. 56 de la Ley 17.418 que implica la tácita aceptación del siniestro." "La relación jurídica sustancial que da consecuencia al reclamo, se basa en la normativa especial de contrato de seguro Ley 17.418; la cual será de aplicación conjuntamente con el bloque normativo de consumo." "La carga de la prueba se encuentra necesariamente a cargo de la accionada, pues es aquélla quien se halla en mejores condiciones de aportar tales medios a la causa."
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