OJEDA JONATAN EZEQUIEL Y OTRO/A C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Los abogados Jonatan Ezequiel Ojeda y María Paula Saino solicitaron la regulación de honorarios por su actuación ante la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo N° 5 reguló los honorarios en 16,32 Jus arancelarios para cada letrado, a cargo del Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Actor: Jonatan Ezequiel Ojeda; María Paula Saino Demandado: Gobernación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Regulación de honorarios por actuación ante la Comisión Médica Jurisdiccional Decisión: Se regulan honorarios en 16,32 Jus arancelarios para cada abogado, a cargo del Fisco Provincial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley arancelaria local 14.697 resulta ser la norma de aplicación a los fines de regular los honorarios profesionales solicitados en autos por los trabajos desarrollados por ante la Comisión Médica nro. 011." "Las pautas legales evidencian el desacierto del argumento llevado a cabo por el Fisco Provincial quien unilateralmente dictó una norma administrativa en la que fija un porcentaje vinculado al monto del acuerdo por debajo de las pautas contenidas en la norma provincial citada." "La determinación del honorario en la unidad de medida corresponde que sea efectuada considerando el valor del Jus vigente al momento del acto administrativo que cerró el procedimiento en cuestión."
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