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GARRIDO JUAN CARLOS C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El actor solicitó la declaración de incompetencia del tribunal en el marco de un accidente in itinere. El Tribunal del Trabajo N°3 resolvió hacer lugar al planteo, determinando que el caso debe ser conocido por el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.

Incidente Competencia Accidentes de trabajo Tribunal de trabajo Ley 15.057 Ley 27.348 Comision medica Florencio varela Jurisdiccion Incompetencia

Actor: GARRIDO JUAN CARLOS Demandado: ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO Objeto: Declaración de incompetencia del tribunal. Decisión: Se hace lugar al planteo de incompetencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable... corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'." "El actor optó por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes... deberá conocer en autos el Tribunal de Trabajo con asiento en Florencio Varela." "Conforme la contundencia de los preceptos que surgen del pronunciamiento aludido, corresponde hacer lugar al planteo."

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