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CARBALLO LEANDRO MATIAS C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor solicitó la declaración de incompetencia del Tribunal en el marco de un accidente de trabajo. El Tribunal del Trabajo N°3 hizo lugar al planteo y determinó que el caso debe ser conocido por el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.

Incidente Competencia Accidentes de trabajo Tribunal del trabajo Ley 15.057 Ley 27.348 Comision medica Florencio varela General san martin Incompetencia

Actor: CARBALLO LEANDRO MATIAS Demandado: PROVINCIA ART SA Objeto: Declaración de incompetencia del Tribunal. Decisión: Se hace lugar al planteo de incompetencia y se determina que el Tribunal competente es el de Florencio Varela.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable... corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'." "El actor optó por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes... deberá conocer en autos el Tribunal de Trabajo con asiento en Florencio Varela." "Conforme la contundencia de los preceptos que surgen del pronunciamiento aludido, corresponde hacer lugar al planteo."

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