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LUCCHESI NAHUEL NICOLAS C/ PREVENCION ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió un incidente de homologación de un convenio conciliatorio en el marco de una enfermedad profesional. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Morón homologó el acuerdo, considerando que no vulnera normas de orden público y se ajusta a la Ley de Contrato de Trabajo.

Incidente Homologacion Convenio conciliatorio Enfermedad profesional Ley de contrato de trabajo Mora Costas Honorarios Suma acordada Conducta temeraria

Actor: Lucchesi Nahuel Nicolás Demandado: Prevención ART S.A. Objeto: Homologación de un convenio conciliatorio. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio por la suma de $5.000.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." "La falta de cumplimiento de lo pactado en el presente acuerdo, significará la calificación de la conducta del demandado como 'temeraria y maliciosa' y la suma adeudada devengará a favor del trabajador, desde la fecha de la mora y hasta su cancelación efectiva, un interés equivalente a dos veces y media calculado sobre la tasa que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires para operaciones corrientes de descuento de documentos comerciales."

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