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SOTO GUILLERMO FRANCISCO C/ EMPRESA NUEVE DE JULIO S.A.T. S/DESPIDO

El actor demandó a la EMPRESA NUEVE DE JULIO S.A.T. y a PROVINCIA ART SA por despido y reparación por enfermedad profesional. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la LRT y condenó a la empresa a pagar indemnizaciones por despido y daños.

Despido Indemnizacion Enfermedad profesional Inconstitucionalidad Dano moral Lucro cesante Prescripcion Obligacion de seguridad Art Contrato de trabajo


¿Quién es el actor?

GUILLERMO FRANCISCO SOTO
- Demandados: EMPRESA NUEVE DE JULIO S.A.T.; PROVINCIA ART SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnizaciones por despido y reparación por enfermedad profesional.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda por despido y se rechaza la defensa de prescripción de la acción civil. Se declara la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la LRT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La falta de dación de tareas adecuadas como así el silencio de la patronal frente a la intimación del trabajador, configuran causas más que suficientes para justificar plenamente su decisión rupturista y constituye una injuria grave que habilita al trabajador a considerarse despedido (art. 242 y 246 LCT)." "La omisión maliciosa de aceptar la misiva, ha violado el principio de buena fe y colaboración que se deben las partes de un contrato de trabajo, siendo por ende injustificado su rechazo." "La EMPRESA NUEVE DE JULIO SAT incurrió en omisiones a sus deberes legales en materia de prevención riesgos incluyendo la realización de exámenes periódicos, capacitaciones, eliminación, aislamiento y/o reducción de las vibraciones."

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