DE LUCA MARCELA ADRIANA Y OTROS C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
Incidente de aclaratoria en demanda de empleados públicos por reconocimiento de bonificación por antigüedad. El tribunal acogió el planteo y ordenó el pago de la bonificación por antigüedad al 3% a partir de la interposición de la demanda, reconociendo la inconstitucionalidad de las normas que sustentaban su disminución.
Quién demanda: Numeroso grupo de empleados públicos de diversas reparticiones estatales provinciales, encabezados por De Luca Marcela Adriana y otros.
¿A quién se demanda?
Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires; Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires; Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires; Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento y restablecimiento del derecho a percibir bonificación por antigüedad calculada al 3% sobre los haberes, por todos los años incluidos en su cómputo, rechazando las reducciones establecidas por las normas impugnadas (leyes 11.739, 11.905 y similares, decreto 240/96).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal acogió el incidente de aclaratoria e hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho a que se liquide y pague la bonificación por antigüedad respectiva a todos los años incluidos en su cómputo en un 3% y/o el que corresponda. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal, mediante incidente de aclaratoria sobre la sentencia de fecha 06/05/25, modificó lo ordenado en el fallo original. La decisión se sustenta en la "inconstitucionalidad de las normas en que se sustentan tales disminuciones: leyes 11.739, 11.905 y sus similares, y decreto 240/96". El tribunal ordenó que la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad sea "computándose a valores actuales calculados al momento de aprobarse la liquidación", reconociendo así el derecho de los actores conforme a los principios constitucionales invocados. La resolución cita expresamente como fundamento doctrinario la doctrina de la Suprema Corte de Buenos Aires, causa C.124.096 "Barrios", sentencia del 18 de abril de 2024, que respalda esta interpretación. El tribunal ordenó que los montos se cuenten "desde la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo", estableciendo un criterio temporal que amplía el reconocimiento de derechos a favor de los actores.
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