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REDONTE MARIA DE LA PAZ C/ MUNICIPALIDAD DE HURLINGHAM Y OTROS S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - EMPL.PUBLICO

Redonte María de la Paz solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el marco de una demanda indemnizatoria. El Tribunal concedió el beneficio, considerando acreditada la situación económica precaria de la actora.

Incidente Beneficio de litigar sin gastos Indemnizacion Situacion economica Derecho de acceso a la justicia Menor de edad Apreciacion judicial Costas judiciales Tribunal Demandado multiple

Actor: Redonte María de la Paz Demandado: Municipalidad de Hurlingham; Camila Paula Brizuela; Maria Alejandra Sola; Diego Villagran; Lidia Gorosito; Andrea Barros; Alberto Zemekra; Jorge Nejamkim; Federación Patronal Seguros SA Objeto: Beneficio de litigar sin gastos Decisión: Se concede el beneficio de litigar sin gastos

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El beneficio de litigar sin gastos no es solamente para los pobres e indigentes, sino para todos aquellos que no estén en condiciones de sostener los gastos del proceso y del pago de honorarios sin comprometer los medios de su propia subsistencia y la de su familia." "Las circunstancias para la concesión del beneficio solicitado están sujetas a la apreciación judicial, que en cada caso evaluará y determinará si los recursos del solicitante son suficientes o insuficientes para afrontar los gastos de un proceso." "Se encuentran acreditadas las circunstancias que autorizan a conceder el beneficio de litigar."

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