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HUNDT, MARINA SOLEDAD C/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO

La Dra. Marina Soledad Hundt interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que rechazó su acción de amparo contra el Superior Gobierno de Entre Ríos. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no se configuró vulneración de derechos constitucionales.

Recurso de apelacion Accion de amparo Nulidad Procedimiento administrativo Designacion de magistrados Derechos constitucionales Improponibilidad subjetiva Terna vinculante Discrecionalidad Consejo de la magistratura

Actor: Dra. Marina Soledad Hundt Demandado: Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos Objeto: Nulidad del procedimiento de designación en el Concurso N° 279 Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No se advierte cuál sería el perjuicio que sustente el reclamo de la actora, dado que efectivamente integró la terna final y vinculante en el concurso en cuestión, no existiendo vulneración de derecho o garantía constitucional alguna, sino sólo una simple expectativa en ser elegida." "La acción era improponible subjetivamente porque al perseguir mediante esta acción la nulidad del procedimiento de la propuesta de designación efectuada por el Gobernador en el marco del Concurso Nº 279, debió haber integrado correctamente la litis con los restantes concursantes, lo que no había hecho." "La incorporación de la postulante Favotti en la lista adicional se efectuó en el marco de un procedimiento regular, de conformidad al art. 100 del RGCMER."

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