R. F. L. C/ C. A. R. S/ LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD
El demandado apeló la sentencia que calificó un automotor como bien ganancial y estableció una recompensa a favor de la actora. La Cámara revocó parcialmente la sentencia en cuanto a la tasa de interés, aplicando la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Actor: R. F. L. Demandado: C. A. R. Objeto: Liquidación de la comunidad y calificación de un automotor como bien ganancial. Decisión: Se revocó parcialmente la sentencia en cuanto a la tasa de interés, confirmando lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El automotor Peugeot fue adquirido durante la vigencia del matrimonio y antes de la disolución del régimen de comunidad, por lo que rige la presunción de ganancialidad del art. 466 CCCN. El apelante no acreditó la titularidad ni la cadena de ventas alegadas." "Corresponde mantener la calificación de bien ganancial. La tasa de interés aplicable será la activa restantes operaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en lugar de la tasa pasiva." "Las costas de segunda instancia se imponen al recurrente por revestir en lo sustancial la calidad de vencido."
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