PINTO NECTO JOSE MARIA ERALDO Y OTROS C/ OLGUIN CERNA MARCOS OSVALDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño psicológico.
Actor: Pinto Necto José María Eraldo, Luisa Cirica, Andrea Natali Arguello Demandado: Marcos Osvaldo Olguin Cerna Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Decisión: Se modificaron los montos indemnizatorios fijados en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza de origen, respecto de la señora Luisa Cirica, consideró que porta cervicalgia postraumática con latigazo cervical, lumbalgia postraumática. Que luego del episodio de autos debió realizar reposo por 45 días aproximadamente. Portando una incapacidad física de 21,70%." "Considero que la incapacidad sobreviniente debe ser analizada a partir de los porcentuales aludidos (15,36%, 11,64% y 11,64%)." "En virtud de lo expresado, elementos de autos (edad del actor al momento del accidente, grado invalidante), estimo que la indemnización establecida como 'incapacidad sobreviniente', debe ser fijada en el importe de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 7.500.000) para PINTO, DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) para CIRICA y SIETE MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 7.700.000) para ARGÜELLO a la fecha de la sentencia de primera instancia."
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