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CREDIL SRL C/ MARTINEZ CANTERO LUZ MACARENA S/ COBRO EJECUTIVO

Credil SRL apeló la sentencia del 01/09/2025 que ordenó la ejecución de un pagaré por $120.000, rechazando la actualización monetaria solicitada. La Cámara modificó parcialmente la sentencia, estableciendo que los intereses compensatorios se liquidarán desde la creación del documento hasta la mora, con un tope del 50% de la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

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¿Quién es el actor?

Credil SRL

¿A quién se demanda?

Luz Macarena Martínez Cantero
- Objeto de la demanda: Cobro ejecutivo de un pagaré por $120.000, con intereses compensatorios y actualización monetaria.
- Decisión del tribunal: Se modifica la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses compensatorios se liquidarán desde la creación del documento hasta la mora, con un tope del 50% de la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los intereses compensatorios son un accesorio que se paga por el uso del capital ajeno, y deben ser computados desde la fecha de creación del documento hasta la fecha de la mora fijada en la sentencia." "El art. 5 del Dec. Ley 5965/63 establece la posibilidad de introducir una cláusula de intereses compensatorios en los pagarés de vencimiento relativo, prohibiéndolos en los de vencimiento absoluto." "Se colige que el decisorio recurrido, en cuanto estipuló que se adicionen los intereses compensatorios desde la última cuota impaga del mutuo pertinente hasta la fecha de la mora, no se ajusta a derecho."

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