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CROCCO MARIA ANGELA C/ OBREGON JORGE DIEGO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

María Ángela Crocco promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal clausuró el período de prueba tras el desistimiento de la actora y dispuso dictar sentencia sin más trámite.

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Actor: María Ángela Crocco Demandado: Jorge Diego Obregón; Otros Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. Decisión: Se clausuró el período de prueba y se dispuso dictar sentencia sin más trámite.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tras el desistimiento de la parte actora del 22/08/25, no se registran más pruebas pendientes. Por consiguiente, tiénese por clausurado el período de prueba." "En esta clase de procesos, de trámite sumario, no corresponde la presentación de alegatos (art. 493 del CPCC). En lugar de lo solicitado, entonces, LLAMENSE AUTOS PARA DICTAR SENTENCIA sin más trámite (art. 494 del CPCC)."

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