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ASOCIACION DE DEFENSA DE DERECHOS DE USUARIOS Y CONSUMIDORES C/ FINANPRO S.R.L. S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores solicitó la inclusión de CEPIS como litisconsorte en el proceso. El Tribunal declaró extemporánea la presentación de CEPIS, imponiendo las costas a su cargo.

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Actor: ASOCIACIÓN DE DEFENSA DE DERECHOS DE USUARIOS Y CONSUMIDORES; CEPIS Demandado: FINANPRO S.R.L. Objeto: Inclusión de CEPIS como litisconsorte. Decisión: Se declaró extemporánea la presentación de CEPIS.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La litis se halla 'trabada' entre la sociedad actoral y la financiera demandada, no pudiendo -lógicamente
- modificarse dicha plataforma de manera ulterior (arts. 18 CN; 330, 331 y 384 CPCC)." "De otra manera se vulneraría el principio de congruencia y sobremanera de preclusión procesal, el cual tiene por objeto conducir el pleito en términos de razonable equilibrio dentro de la bilateralidad del contradictorio." "Corresponde declarar extemporánea la presentación de 'CEPIS', con costas a su cargo en su condición de vencida (arts. 68 y 68 CPCC)."

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