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NACER EMILIO Y MIRABILE MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Los herederos Nacer Emilio y Mirabile María solicitaron la inscripción de la declaratoria de herederos en relación a un bien inmueble. El Tribunal accedió a la solicitud, regulando los honorarios del letrado interviniente y eximiendo a los herederos del impuesto a la herencia.

Sucesion Declaratoria de herederos Inscripcion Honorarios Impuesto a la herencia Provincia de buenos aires Bien inmueble Ley 8.904 Ley 14.967 Codigo civil y comercial

Actor: NACER EMILIO; MIRABILE MARIA Demandado: No se menciona un demandado específico. Objeto: Inscripción de la declaratoria de herederos sobre un bien inmueble. Decisión: Se hace lugar a la inscripción de la declaratoria de herederos y se regulan los honorarios del letrado interviniente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a lo pedido y atento el estado de autos, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en autos a fs. 38 con relación al bien MATRICULA 31826, PARTIDA 15683, DEL PARTIDO DE CHIVILCOY, PROVINCIA DE BUENOS AIRES." "Regúlanse los honorarios del letrado interviniente Dra. SILVIA SUSANA MARENDA, por su actuación en la primer y segunda etapa en la suma total de PESOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TRECE ($61.813.-)..." "Habida cuenta que la causante ha fallecido con anterioridad al año 2011, exímese a los herederos de cumplir con el impuesto a la herencia incorporado al Código Fiscal por ley nº10.044 mod.por la ley nº14.200..."

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