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ALTERINO, JORGE EDUARDO c/ OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES-OSECAC s/AMPARO LEY 16.986

El Sr. A, J E promovió una acción de amparo contra la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Afines (OSECAC) para mantener su afiliación tras su jubilación. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando la continuidad de la afiliación y las prestaciones médicas.

Amparo Afiliacion Jubilacion Obra social Prestaciones medicas Monotributista Derechos constitucionales Costas Seguridad social Acto arbitrario


¿Quién es el actor?

Sr. A, J E

¿A quién se demanda?

Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Afines (OSECAC)
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando la continuidad de la afiliación y prestaciones médicas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La respuesta brindada por la obra social accionada en punto a que 'no procede la continuidad como titular jubilado' constituye un acto arbitrario e ilegal que habilita su cuestionamiento por medio de la acción de amparo." "No existe óbice a la obligación de afiliación de la amparista por parte de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Afines (OSECAC)." "Las costas se imponen a la demandada vencida en razón del hecho objetivo de la derrota."

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