S, S.S c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo contra OSDE para mantener su afiliación a la obra social tras jubilarse. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la demanda, ordenando a OSDE mantener la afiliación en el Plan 210.
Actor: S.S.S. Demandado: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) Objeto: Mantenimiento de la afiliación a la obra social en las condiciones previas a la jubilación. Decisión: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSDE mantener la afiliación de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de amparo resulta ser un proceso extremadamente simplificado en sus aspectos formales y temporales, dado que por esta vía se persigue reparar en forma urgente la lesión a un derecho de rango constitucional." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia de la beneficiaria al INSSJP, sino que subsiste para la ex trabajadora el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La aplicación de los decretos 292/95 y 492/95 conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos de la peticionaria amparados por la Constitución Nacional."
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